viernes, 21 de abril de 2023

ESTUDIANTES TUNOS EN LA VALENCIA DEL SIGLO XVIII

Hace bastante tiempo leímos una cita histórica en el sitio web de la Tuna de Derecho de Valencia que hablaba de una referencia a estudiantes tunos valencianos en el siglo XVIII. Este sitio web ya no existe, pero encontramos en línea el siguiente texto:

Los primeros datos que se poseen de la Tuna de Derecho de Valencia son del año 1776, en un documento del Archivo Real del Reino que dice: “…que la Audiencia informe sobre los estudiantes tunos de leyes que hay en la Universidad, con el fin de evitar disturbios”. (ARV Real Acuerdo, Año 1776, Folio 63, Libro 71). Se solicita una lista de los tunos de derecho que hay en la Universidad de Valencia, a consecuencia de un alboroto estudiantil, para ver si estaban éstos presentes. Es curioso cómo la historia se repite.

(Mg Tuna De Derecho De Valencia, unaplauso.com)

La fuente original estaría entonces en el Archivo Real de Valencia, sección del Real Acuerdo del año de 1776, etc. Según la Conselleria d'Educació, Cultura i Esport de la Generalitat Valenciana, el Real Acuerdo representaba al rey y a sus Consejos en Valencia, pero la documentación que hay no tiene carácter judicial sino administrativo y de gobierno. En las actas encuadernadas se tienen las órdenes de la Corte, las consultas hechas, los nombramientos de funcionarios y disposiciones que eran de su incumbencia en educación, salud pública, gremios, fiestas, etc.  

Al revisar los documentos originales podemos observar que el texto que la Tuna de Derecho de Valencia reprodujo no era una cita literal. Por lo tanto, procederemos a reproducir la sección del documento respetando la ortografía de la época.

En dicho día: Vista en el otra Carta Orden del Consejo, su fecha treinta de Abril proximo, firmada por Dn. Pedro Escolano de Arsueta su Escribano de Camara y Gobierno y dirigida a S.E. por la que en vista del difuso Expediente suscitado en el mismo, con motivo de varios disturbios, parcialidades y abusos, que agitan el Cuerpo Academico de la Universidad de esta Ciudad dimanado todo de la division de Escuelas en la facultad de Theología: Y teniendo presente el informe hecho por esta Audiencia se aprueban /  entre otras cosas las Providencias tornadas por la Sala del Crimen:

Y se manda que oyendo a esta, a los dos Fiscales de S.M. al Rector, diputados de la Universidad, cathedraticos y demas personas que puedan darle noticia, se instruya del numero de Estudiantes Tunos que ay en esta Ciudad, dando las Providencias convenientes para que se apliquen al oficio o destino que les sea util, con lo demas que en la misma se previene: Se acordó su obedecimiento, y cumplimiento, y que se passe a los Señores Fiscales y una copia authentica de ella a la Real Sala del Crimen=

(Generalitat Valenciana, catálogo on line SAVEX)

Lo primero que llama la atención es que entendemos que se toman disposiciones sobre disturbios que hay en la Universidad, precisamente en la Facultad de Teología, no en la de Leyes.

Segundo, dice que el conflicto proviene de la división de escuelas en la Facultad de Teología. Probablemente estén refiriéndose a una disputa académica que se salió de control, quizá una oposición de cátedra; es decir, un concurso a una plaza para enseñar en el que los oponentes con seguridad tenían sus partidarios. Otro indicio de que se trata de algún tipo de oposición o concurso es que se habla de parcialidades. Tal vez lo que ocasionó el alboroto fue alguna parcialización en juzgar algo que trajo como consecuencia el disturbio, implicando a toda la comunidad académica pues ya vemos que se recogerá informes del mismo rector y los diputados de la Universidad.

Tercero, la mención de buscar saber cuántos “Estudiantes Tunos” había podría llevarnos a pensar que las autoridades creían que los principales azuzadores eran los estudiantes ligados al lúmpen estudiantil, a los vagabundos que se organizaban para encabezar el desorden. ¿Por qué entonces no tuvieron mano dura y por qué tomaron acciones tan benévolas como darles solo “las Providencias convenientes para que se apliquen al oficio o destino que les sea util”? Tal vez porque no hubo crímenes de sangre que prevalezcan por encima de la jurisdicción universitaria y siendo que los disturbios implicaban informaciones por parte de las autoridades de la Universidad, creyeron mejor darles la orden de que los dichos tunos vuelvan a lo suyo sin mayor consecuencia. Otra interpretación sería que quienes debían aplicarse al oficio o destino que les sea útil eran las autoridades. 

Estas son solo unas hipótesis bastante primarias que derivamos del texto, aunque nos falta mucha información.  

Menotti Cancellarius 

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