Los primeros datos que se poseen de la Tuna
de Derecho de Valencia son del año 1776, en un documento del Archivo Real del
Reino que dice: “…que la Audiencia informe sobre los estudiantes tunos de leyes
que hay en la Universidad, con el fin de evitar disturbios”. (ARV Real Acuerdo,
Año 1776, Folio 63, Libro 71). Se solicita una lista de los tunos de derecho
que hay en la Universidad de Valencia, a consecuencia de un alboroto
estudiantil, para ver si estaban éstos presentes. Es curioso cómo la historia
se repite.
(Mg Tuna De
Derecho De Valencia, unaplauso.com)
La fuente original estaría
entonces en el Archivo Real de Valencia, sección del Real Acuerdo del año de
1776, etc. Según la Conselleria
d'Educació, Cultura i Esport de la Generalitat
Valenciana, el Real Acuerdo representaba al rey y a sus Consejos en
Valencia, pero la documentación que hay no tiene carácter judicial sino administrativo
y de gobierno. En las actas encuadernadas se tienen las órdenes de la Corte,
las consultas hechas, los nombramientos de funcionarios y disposiciones que
eran de su incumbencia en educación, salud pública, gremios, fiestas, etc.
Al revisar los documentos originales podemos observar que el
texto que la Tuna de Derecho de Valencia reprodujo no era una cita literal. Por
lo tanto, procederemos a reproducir la sección del documento respetando la
ortografía de la época.
En dicho día: Vista en el otra Carta Orden
del Consejo, su fecha treinta de Abril proximo, firmada por Dn. Pedro Escolano
de Arsueta su Escribano de Camara y Gobierno y dirigida a S.E. por la que en
vista del difuso Expediente suscitado en el mismo, con motivo de varios
disturbios, parcialidades y abusos, que agitan el Cuerpo Academico de la
Universidad de esta Ciudad dimanado todo de la division de Escuelas en la
facultad de Theología: Y teniendo presente el informe hecho por esta Audiencia
se aprueban / entre otras cosas las
Providencias tornadas por la Sala del Crimen:
Y se manda que oyendo a esta, a los dos
Fiscales de S.M. al Rector, diputados de la Universidad, cathedraticos y demas
personas que puedan darle noticia, se
instruya del numero de Estudiantes Tunos que ay en esta Ciudad, dando las
Providencias convenientes para que se apliquen al oficio o destino que les sea
util, con lo demas que en la misma se previene: Se acordó su obedecimiento, y
cumplimiento, y que se passe a los Señores Fiscales y una copia authentica de
ella a la Real Sala del Crimen=
(Generalitat Valenciana, catálogo on line SAVEX)
Lo primero que llama la atención es
que entendemos que se toman disposiciones sobre disturbios que hay en la Universidad,
precisamente en la Facultad de Teología, no en la de Leyes.
Segundo, dice que el conflicto
proviene de la división de escuelas en la Facultad de Teología. Probablemente estén
refiriéndose a una disputa académica que se salió de control, quizá una
oposición de cátedra; es decir, un concurso a una plaza para enseñar en el que
los oponentes con seguridad tenían sus partidarios. Otro indicio de que se
trata de algún tipo de oposición o concurso es que se habla de parcialidades.
Tal vez lo que ocasionó el alboroto fue alguna parcialización en juzgar algo que
trajo como consecuencia el disturbio, implicando a toda la comunidad académica
pues ya vemos que se recogerá informes del mismo rector y los diputados de la
Universidad.
Tercero, la mención de buscar
saber cuántos “Estudiantes Tunos” había podría llevarnos a pensar que las
autoridades creían que los principales azuzadores eran los estudiantes ligados
al lúmpen estudiantil, a los vagabundos que se organizaban para encabezar el desorden.
¿Por qué entonces no tuvieron mano dura y por qué tomaron acciones tan
benévolas como darles solo “las
Providencias convenientes para que se apliquen al oficio o destino que les sea
util”? Tal vez porque no hubo crímenes de sangre que prevalezcan por encima
de la jurisdicción universitaria y siendo que los disturbios implicaban
informaciones por parte de las autoridades de la Universidad, creyeron mejor
darles la orden de que los dichos tunos vuelvan a lo suyo sin mayor
consecuencia. Otra interpretación sería que quienes debían aplicarse al oficio o destino que les sea útil eran las autoridades.
Estas son solo unas hipótesis bastante primarias que derivamos del texto, aunque nos falta mucha información.
Menoti Cancellarius
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